Alejandro Toledo: anulan separación de caso Interoceánica Sur

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Un nuevo revés sufrió la fiscalía Lava Jato, tras anularse la resolución donde se disponía que la investigación contra el expresidente Alejandro Toledo, por recibir U$35 millones de Odebrecht por la obra Interoceánica Sur tramos 2 y 3, se tramite por vías separadas.

Según documento obtenido por EXPRESO, la Primera Sala Penal de Apelaciones le dio la razón a la defensa legal de Toledo y otros involucrados que apelaron la orden del juez Richard Concepción Carhuancho. Los letrados argumentaron vulneración al derecho a la defensa frente a la decisión de primera instancia.

«(…) estamos ante los mismos hechos bajo examen y que son iguales las actividades presuntamente cometidas por los investigados que actuaron en el marco de estas personas jurídicas imposibilitan que la causa se ventile en cuadernos separados», dice la resolución.

Esta decisión podría ser apelada en última instancia (Corte Suprema) por la fiscalía.

SEPARACIÓN

En agosto, el juzgado a pedido del fiscal Pérez, dividió la investigación. Es decir, que el primer caso desacumulado donde están Toledo, Avi Dan On, Sergio Bravo, Alberto Pasco-Font debía continuar con su tramitación de acusación (etapa intermedia).

Así como, el proceso a los empresarios José Graña Miró Quesada, Hernando Graña Acuña, Fernando Camet, José Castillo Dibós, Gonzalo Ferraro y las empresas (tercero civil) Odebrecht-Brasil, G&M, JJC, ICCGSA y otros.

En el segundo caso desacumulado, el juez ordenó que se forme un nuevo expediente para seguir el proceso penal (investigación preparatoria) contra cuatro empresas que recién fueron incorporadas como: Graña y Montero S.A., JJ Camet Contratistas Generales y GyM S.A.

Y como tercero civil responsable, Odebrecht-Brasil, Odebrecht-Perú, G&M, JJC, ICCGSA y otros. Todos ellos son investigados por el delito de colusión y lavado de activos.

Sobre este punto, la Fiscalía explicó que la incorporación de las empresas se realizó antes de la culminación de la investigación preparatoria.

«La desacumulación es para ejecutar la orden de la sala superior (que ordenó la incorporación de las empresas), y garantizar el derecho de defensa de las personas jurídicas», dijo.
CP

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